Guía para Migrantes y Refugiados Venezolanos en Argentina

Contratos: tipos, inscripción, deducciones sobre impuestos

Si alquilas un inmueble es mejor hacer el contrato escrito porque es más sencillo probar que el contrato de alquiler existe. De todos modos, si no tienes contrato escrito, el alquiler vale igual, pero es más difícil probarlo.

El monto total del contrato explicitará el monto mensual y total de todo el contrato, con cláusulas especiales para el ajuste anual correspondiente.

Según la legislación argentina existe contrato de alquiler o locación, si una parte se obliga a otorgar a otra el uso y goce temporario de un inmueble, a cambio del pago de un precio en dinero.

El plazo mínimo del contrato de alquiler ya sea comercial o de vivienda es de 3 años. «Mínimo» quiere decir que puedes pactar con el locador un plazo diferente siempre que ese plazo sea mayor a 3 años. El inquilino puede renunciar a este plazo si está en la tenencia del inmueble (y debe pagar una multa por rescisión anticipada del contrato, salvo excepciones, ver más abajo en el texto)

En el alquiler de inmuebles, el inquilino puede terminar el contrato de forma anticipada. Para hacerlo, se deben cumplir estos requisitos:

  • Si la decisión de terminar la locación se toma cuando ya pasaron 6 meses de contrato, se debe notificar al locador con 1 mes de anticipación, por lo menos.
  • Si la decisión de terminar la locación se toma durante el primer año del contrato, se debe pagar como indemnización 1 mes y medio de alquiler al momento de desocupar el inmueble.
  • Si la decisión de terminar la locación se toma luego de pasado 1 año de contrato, se debe pagar como indemnización 1 mes de alquiler.

En el caso de habitación con muebles con fines de turismo (alquiler temporario) se deben abonar 2 meses de alquiler en caso de resolución anticipada.

Dentro de los 3 últimos meses del contrato de alquiler, cualquiera de las partes puede convocar a la otra para acordar la renovación del contrato y debe notificarla (de forma comprobable) en un plazo no mayor a 15 días corridos.

Si el propietario guarda silencio o se niega a llegar a un acuerdo y está debidamente notificado, el inquilino puede finalizar el contrato de manera anticipada sin pagar la indemnización. También es importante saber que, al renovar un contrato, la inmobiliaria o el dueño van a intentar hacer cobros extras. Debes pedir que estén debidamente explicitados, y luego consultar en el portal de inquilinos a fin de conocer tus derechos antes de decidir si los aceptas o no. 

Legalmente no se aplica el ajuste monetario ni la indexación a los contratos de alquileres.

En los contratos de alquiler de inmuebles para vivienda el precio del alquiler se debe fijar como valor único, por períodos mensuales y solo se pueden realizar ajustes anuales. En ningún caso se pueden establecer bonificaciones ni otras metodologías que puedan producir error. Sin embargo, hay que tener en cuenta que en Argentina hay inflación. Esto implica que los costos de los servicios seguramente aumenten con el tiempo, y que el contrato con el propietario puede contener cláusulas de aumento de precio del alquiler a partir de determinada cantidad de meses.

Los ajustes deben efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central de la República Argentina (BCRA). Sin embargo, este sistema es interpretado de manera flexible, generalmente a favor del dueño del inmueble.

Comisión de las inmobiliarias

En el alquiler de inmuebles la intermediación solo puede estar a cargo de un profesional matriculado, llamado corredor inmobiliario. Si solo interviene un corredor (por parte del dueño y del inquilino), todas las partes le deben comisión, con algunas excepciones. Si una de las partes no paga la comisión que le corresponde la otra parte no tiene ninguna responsabilidad por esa deuda. Si interviene un corredor por cada parte, cada uno de ellos solo tiene derecho a cobrar comisión de su respectivo cliente.

Normativa

Como la normativa tiene particularidades, usos y costumbres distintas dependiendo de cada provincia y localidad, se recomienda revisar la normativa:

Defensoría del Pueblo / Ciudad Autónoma de Buenos Aires